CUATRO BENEFICIOS PARA LAS EMPRESAS QUE IMPLEMENTAN UN SISTEMA DE GESTION DE SST EN EL DESARROLLO DE SUS ACTIVIDADES

CUATRO BENEFICIOS PARA LAS EMPRESAS QUE IMPLEMENTAN UN SISTEMA DE GESTION DE SST EN EL DESARROLLO DE SUS ACTIVIDADES

La implementación de un Sistema de Gestión de SST redunda, principalmente, en beneficio del empleador, por las siguientes razones:

  1. Prevención de Accidentes e Incidentes: De acuerdo al Anuario Estadístico Sectorial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en el 2016, se han reportado 20,876 accidentes de trabajo, 151 accidentes mortales, 731 incidentes peligrosos 32 enfermedades ocupacionales. En ese sentido, los accidentes e incidentes peligrosos son contingencias constantes en el ámbito laboral, los cuales generan altos costos al empleador, como consecuencia de la urgencia de su atención y las pérdidas materiales y de recurso humano; por lo que, con la implementación de un Sistema de Gestión de SST, es posible reducir la cantidad y magnitud de las consecuencias de los referidos eventos, mediante la instauración de controles operacionales.
  2. Continuidad de Procedimientos Productivos: Los procedimientos (administrativos y operativos) para la generación de bienes y servicios tienen responsables en cada una de sus etapas; por lo que, la ocurrencia de accidentes o incidentes pueden interrumpir el ciclo de los mencionados procedimientos. Por tanto, la implementación de un Sistema de Gestión de SST contempla las medidas preventivas y correctivas que permitirán la continuidad operativa del centro laboral.
  3. Reducción de Contingencias Legales: El incumplimiento de la normativa en SST puede acarrear en consecuencias perjudiciales, contempladas en la normativa, para el empleador. Es así que, se puede catalogar como principales consecuencias las siguientes: multas en el ámbito de la Ley General de Inspección Laboral (actualizadas conforme al D.S N° 001-2018-TR), las cuales oscilan entre 0.045 (S/ 186.75) % a 45 UIT (S/ 186,750); denuncias y condenas penales (conforme al artículo 168-A del Código Penal, pueden llegar a 8 años pena privativa de libertad), tanto para trabajadores, representantes legales como responsables de cumplir con las disposiciones de SST; así como, sanciones administrativas como multas, clausuras, entre otras, como consecuencia de fiscalizaciones por autoridades municipales o sectoriales, según el rubro. Es así que, la implementación de un Sistema de Gestión de SST considera la documentación e implementación de procedimientos que aseguren el cumplimiento de la normativa sobre la materia.
  4. Conservación de la Imagen Comercial y/o Institucional: Es evidente que la ocurrencia de eventos, generadores de accidentes, incidentes o enfermedades ocupacionales, tiene como consecuencia el deterioro de la imagen del centro laboral; lo cual redunda en la disminución de ventas, asimismo, genera una percepción negativa por parte del público.  En tal sentido, con la implementación de un Sistema de Gestión de SST, se reducen la cantidad y las consecuencias de los referidos eventos, a través del control permanente del cumplimiento de los objetivos en materia de SST.

Por tanto, la implementación de Sistemas de Gestión de SST, antes que un gasto, es una inversión que genera sostenibilidad al crecimiento de la empresa y/o negocio.

Dr. Aldo Perez Herran

La Importancia de un Sistema de Gestión de SST en la actividad empresarial y los 4 aspectos indispensables para una implementación exitosa

La Importancia de un Sistema de Gestión de SST en la actividad empresarial y los 4 aspectos indispensables para una implementación exitosa

La implementación de un Sistema de Gestión de SST, en el centro de labores, es de suma importancia para promover e instaurar la cultura de Prevención de riesgos laborales, tanto en los empleadores, trabajadores y demás personas involucradas en la actividad laboral.

De acuerdo a la Real Academia Española, el vocablo Prevención es utilizado para referirse a la “preparación y disposición que se hace anticipadamente para evitar un riesgo o ejecutar algo”; en ese sentido, a través de la prevención, es posible anticiparse a la manifestación de eventos riesgosos, como a las consecuencias de los mismos, en los distintos ámbitos del ciclo vital de una persona.

En esa línea, uno de los ámbitos de la vida de una persona, y que probablemente involucre mayor inversión de tiempo y esfuerzo en el día a día, es el laboral. Dentro de dicho ámbito, la prevención cobra relevancia con el desarrollo de medidas y acciones referidas a la Seguridad y Salud en el Trabajo, en adelante SST. Es así que, conforme a la Norma OHSAS 18001:2007 – norma internacional que establece los estándares para la implementación de Sistema de Gestión de SST, se entiende la SST como las “condiciones y factores que afectan, o podrían afectar a la salud y seguridad de los empleados o de otros trabajadores, visitantes o cualquier otra persona en el lugar de trabajo”; con lo cual, las disposiciones, medidas y acciones sobre SST afecta a todas las personas  inmersas en el centro de labores. En ese sentido, la legislación nacional, mediante la Ley N° 29783 – Ley de SST – y su reglamento – Decreto Supremo N° 005-2012-TR, establece diversas obligaciones, a todos los empleadores y trabajadores del sector privado y público; obligaciones que, de acuerdo al acápite I del Título Preliminar de la Ley de SST, guardan relación con el principio de Prevención; y que se resumen en la implementación de un Sistema de Gestión de SST.

En ese marco, la implementación del Sistema de Gestion de SST se resume en los siguientes aspectos:

  1. Línea Base: Implica la elaboración del diagnóstico del grado de implementación de la normativa en SST vigente, en el centro laboral; para lo cual, se sigue el formato establecido por la normativa; así como, la elaboración de una matriz legal, en la cual se enumeran las disposiciones normativas de SST aplicables al centro laboral, según su rubro, y se estado de cumplimiento de las mismas.
  2. Conformación del Comité SST: Según la cantidad de trabajadores, el centro laboral debe velar por la constitución y funcionamiento de un Comité de SST o Supervisor de SST, que se encargue de velar por el cumplimiento de las disposiciones normativas externas e internas en materia de SST.

Documentación Obligatoria: La normativa vigente considera como documentación obligatoria la siguiente: la Política y los objetivos en materia de SST; el Reglamento Interno de SST; la matriz de identificación de peligros, evaluación de riesgos y sus medidas de control (IPERC); el mapa de riesgo; la planificación de la actividad preventiva; y el programa anual de SST. Asimismo, considera como obligatorio la implementación de los siguientes registros: Registro de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales, incidentes peligrosos y otros incidentes (deben incluir investigación y medidas correctivas); Registro de exámenes médicos ocupacionales; Registro de monitoreo de agentes físicos, químicos, biológicos, psicosociales y factores disergonómicos; Registro de inspecciones internas de seguridad y salud; Registro de estadísticas de seguridad y salud; Registro 

  1. de equipos de seguridad o emergencia; Registro de inducción, capacitación, entrenamiento y simulacros de emergencia; Registro de auditorías.
  2. Implementación de Procedimientos y Acciones: De igual modo, la normativa considera diversas obligaciones para la implementación del Sistema de Gestión de SST, las cuales se agrupan en los siguientes procedimientos: Procedimiento de Gestión de la Dirección; Procedimiento de Gestión Legal; Procedimiento de Comunicaciones, Procedimiento de Controles Operacionales; Procedimiento de Elección del Comité de SST; Procedimiento de Reporte e Investigación de Accidentes e Incidentes;  Procedimiento de Salud Ocupacional (seguimiento y exámenes médicos ocupacionales); Procedimiento de Acciones Correctivas y Preventivas; Procedimiento de Emergencias (Plan de Contingencias); Monitoreos de SST; Auditorías e Inspecciones; Procedimientos Escritos de Trabajo – PETS (trabajos en altura, en caliente, entre otros), etc.

Cabe señalar, que la implementación de los aspectos antes señalados, los cuales tienen como fundamento la Prevención en materia de SST, implica el compromiso de parte de todas las personas involucradas en la actividad laboral. Tanto trabajadores como empleadores son responsables en SST.

Dr. Aldo Perez Herran